EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN
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EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN
EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN: ESTRUCTURA Y CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
Art. 143 de la C.E: reconoce la iniciativa autonómica a las provincias limítrofes con características geográficas, históricas y culturales comunes.
Momentos destacados:
- Julio 1978: Se constituye la Asamblea de Parlamentarios y en octubre se reúne en Valladolid la Asamblea Regional de Parlamentarios para conseguir un régimen preautonómico para la región.
- En 1978, mediante un Real Decreto-Ley, el Consejo de Ministros acuerda la concesión de la preautonomía para la región y, al disolverse la Asamblea de Parlamentarios, se constituye en Monzón de Campos el Consejo General de Castilla y león. Más tarde se constituye la Comisión Mixta de transferencias entre el Estado y el Consejo General de Castilla y León.
- En 1981 se presenta el primer proyecto de Estatuto y es aprobado por el Congreso y el Senado y sancionado por el Rey en 1983. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León se recoge en la LO 4/83. La LO 5/83 incorpora la provincia de Segovia a la C. Autónoma y el Estatuto entra en vigor el 2 de marzo, de la su publicación en el BOE.
- El 8 de Mayo, las Cortes de Castilla y León trasladan su sede de Tordesillas a Fuensaldaña.
EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA: ESTRUCTURA, CONTENIDO Y SUS MODIFICACIONES
ESTRUCTURA
Consta de 55 artículos: Un Título Preliminar y 4 títulos más, 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 final, 1 derogatoria:
- Preámbulo: Exposición de motivos.
- Título Preliminar: Disposiciones Generales (Arts. 1-
- Título I: Organización de la Comunidad (Arts. 9-30)
- Título II: Competencias de la Comunidad (Arts. 31-39)
- Título III: Economía y Hacienda (Arts. 40-54)
- Título IV: Reforma del Estatuto (Art. 55)
CONTENIDO
PREÁMBULO: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Estatuto: Norma institucional básica y recoge la siguiente declaración de principios:
- Identidad histórica y cultural de Castilla y León.
- Ejercicio del Derecho de autonomía organizando la Comunidad.
- Solidaridad de todas las provincias que la integran con todos los pueblos de España.
- Estructuración y diferenciación de poderes.
- Unificación del poder judicial con la creación del Tribunal Superior de Justicia.
- Reconocimiento a los municipios y diputaciones de la autonomía que la Constitución les concede.
- La idea de descentralización funcional, tendiendo al mayor progreso económico, social y cultural.
TÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES (ARTS. 1-
Comunidad Autónoma de Castilla y León: Institución en la que se organiza jurídica y políticamente el autogobierno de la Comunidad y se reconoce su personalidad jurídica y capacidad de obrar sobre todas las competencias asumidas por el Estatuto.
Su ámbito territorial es el de los municipios integrados en las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Soria, Segovia, Valladolid y Zamora; en cuanto a su Sede, el Estatuto de Autonomía dice que las Cortes de Castilla y león aprobaron por mayoría de 2/3 una ley que fijará la sede de las instituciones de autogobierno.
El Estatuto de Autonomía considera como instituciones básicas de la Comunidad Autónoma a las Cortes, al Presidente de la Junta y a la Junta.
La Ley de 29 de Diciembre de 1983 determina la sede de las instituciones del autogobierno y se establece:
- Las Cortes en Valladolid con Sede provisional en Fuensaldaña.
- La Junta y su Presidente en Valladolid.
- El Tribunal Superior de Justicia en Burgos.
Se consideran Castellano-leoneses:
- Los ciudadanos españoles con vecindad administrativa.
- Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero cuya última vecindad administrativa sea la castellano-leonesa y sus descendientes inscritos como españoles, si asó lo solicitan.
Las Comunidades castellano-leonesas que se encentren en otros territorios tendrán el reconocimiento de su origen castellano-leonés y tienen derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de Castilla y León.
Los castellano-leoneses tendrán los Derechos y libertades establecidos en la Constitución, aunque la C. Autónoma está obligada a promover las condiciones para su ejercicio, remover los obstáculos que los dificulten y facilitar su participación en la vida política, económica, social y cultural.
Los símbolos de la comunidad son:
- El emblema o blasón de Castilla y León es un escudo timbrado por corona real abierta, cuartelado en cruz o contraacuartelado. El 1º y 4º cuarteles: sobre campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mamposteado de sable y clarado de azur; El 2º y 3º cuarteles: sobre campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro.
- La bandera de Castilla y León es cuartelada y agrupa los símbolos de Castilla y León, conforme se han descrito en el apartado anterior. Ondeará en todos los centros y actos oficiales de la Comunidad, a la derecha de la bandera española.
- El pendón está constituido por el escudo cuartelado por un fondo carmesí tradicional.
- Mediante decreto de la Junta se regula la utilización y el diseño de la forma y dimensiones de los símbolos de la Comunidad.
- Cada provincia y municipio conservarán las banderas y emblemas que le son tradicionales.
- La Comunidad Autónoma establecerá su himno mediante ley específica.
INTRODUCCIÓN
Art. 143 de la C.E: reconoce la iniciativa autonómica a las provincias limítrofes con características geográficas, históricas y culturales comunes.
Momentos destacados:
- Julio 1978: Se constituye la Asamblea de Parlamentarios y en octubre se reúne en Valladolid la Asamblea Regional de Parlamentarios para conseguir un régimen preautonómico para la región.
- En 1978, mediante un Real Decreto-Ley, el Consejo de Ministros acuerda la concesión de la preautonomía para la región y, al disolverse la Asamblea de Parlamentarios, se constituye en Monzón de Campos el Consejo General de Castilla y león. Más tarde se constituye la Comisión Mixta de transferencias entre el Estado y el Consejo General de Castilla y León.
- En 1981 se presenta el primer proyecto de Estatuto y es aprobado por el Congreso y el Senado y sancionado por el Rey en 1983. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León se recoge en la LO 4/83. La LO 5/83 incorpora la provincia de Segovia a la C. Autónoma y el Estatuto entra en vigor el 2 de marzo, de la su publicación en el BOE.
- El 8 de Mayo, las Cortes de Castilla y León trasladan su sede de Tordesillas a Fuensaldaña.
EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA: ESTRUCTURA, CONTENIDO Y SUS MODIFICACIONES
ESTRUCTURA
Consta de 55 artículos: Un Título Preliminar y 4 títulos más, 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 final, 1 derogatoria:
- Preámbulo: Exposición de motivos.
- Título Preliminar: Disposiciones Generales (Arts. 1-
- Título I: Organización de la Comunidad (Arts. 9-30)
- Título II: Competencias de la Comunidad (Arts. 31-39)
- Título III: Economía y Hacienda (Arts. 40-54)
- Título IV: Reforma del Estatuto (Art. 55)
CONTENIDO
PREÁMBULO: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Estatuto: Norma institucional básica y recoge la siguiente declaración de principios:
- Identidad histórica y cultural de Castilla y León.
- Ejercicio del Derecho de autonomía organizando la Comunidad.
- Solidaridad de todas las provincias que la integran con todos los pueblos de España.
- Estructuración y diferenciación de poderes.
- Unificación del poder judicial con la creación del Tribunal Superior de Justicia.
- Reconocimiento a los municipios y diputaciones de la autonomía que la Constitución les concede.
- La idea de descentralización funcional, tendiendo al mayor progreso económico, social y cultural.
TÍTULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES (ARTS. 1-
Comunidad Autónoma de Castilla y León: Institución en la que se organiza jurídica y políticamente el autogobierno de la Comunidad y se reconoce su personalidad jurídica y capacidad de obrar sobre todas las competencias asumidas por el Estatuto.
Su ámbito territorial es el de los municipios integrados en las provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Soria, Segovia, Valladolid y Zamora; en cuanto a su Sede, el Estatuto de Autonomía dice que las Cortes de Castilla y león aprobaron por mayoría de 2/3 una ley que fijará la sede de las instituciones de autogobierno.
El Estatuto de Autonomía considera como instituciones básicas de la Comunidad Autónoma a las Cortes, al Presidente de la Junta y a la Junta.
La Ley de 29 de Diciembre de 1983 determina la sede de las instituciones del autogobierno y se establece:
- Las Cortes en Valladolid con Sede provisional en Fuensaldaña.
- La Junta y su Presidente en Valladolid.
- El Tribunal Superior de Justicia en Burgos.
Se consideran Castellano-leoneses:
- Los ciudadanos españoles con vecindad administrativa.
- Los ciudadanos españoles residentes en el extranjero cuya última vecindad administrativa sea la castellano-leonesa y sus descendientes inscritos como españoles, si asó lo solicitan.
Las Comunidades castellano-leonesas que se encentren en otros territorios tendrán el reconocimiento de su origen castellano-leonés y tienen derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de Castilla y León.
Los castellano-leoneses tendrán los Derechos y libertades establecidos en la Constitución, aunque la C. Autónoma está obligada a promover las condiciones para su ejercicio, remover los obstáculos que los dificulten y facilitar su participación en la vida política, económica, social y cultural.
Los símbolos de la comunidad son:
- El emblema o blasón de Castilla y León es un escudo timbrado por corona real abierta, cuartelado en cruz o contraacuartelado. El 1º y 4º cuarteles: sobre campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mamposteado de sable y clarado de azur; El 2º y 3º cuarteles: sobre campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro.
- La bandera de Castilla y León es cuartelada y agrupa los símbolos de Castilla y León, conforme se han descrito en el apartado anterior. Ondeará en todos los centros y actos oficiales de la Comunidad, a la derecha de la bandera española.
- El pendón está constituido por el escudo cuartelado por un fondo carmesí tradicional.
- Mediante decreto de la Junta se regula la utilización y el diseño de la forma y dimensiones de los símbolos de la Comunidad.
- Cada provincia y municipio conservarán las banderas y emblemas que le son tradicionales.
- La Comunidad Autónoma establecerá su himno mediante ley específica.
osma8483- trastornada por las opes
- Cantidad de envíos : 51
Fecha de inscripción : 17/04/2008
Re: EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN
el nuevo estatuto de autonomía lo tienes en
www.jcyl.es
ese ya no sirve
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ese ya no sirve
fati- novato
- Cantidad de envíos : 2
Fecha de inscripción : 23/05/2008
test del estatuto on line por si quereis hacerle
Hola a todas y todos:
Tengo 41 preguntas solo metidas en una pagina web
http://www.daypo.com/test-estatuto-cyl-2007.html
sobre el nuevo estatuto de autonomia, a medida que vaya teniendo tiempo y si os interesa metere mas, a mi realizar test on line siempre me ha servido para aprender mas deprisa
Felicidades a las que participais en el foro, yo todavía no he acabado de estudiar pero preveo hacer tambien oposiciones, ahora estoy con las de ordenanza tambien para castilla y leon.
Por cierto, en un supuesto practico que habéis puesto en el foro pone como respuesta correcta de esterilizacion en frio el autoclave, yo en mi ignorancia juraria que no ¿o si?
bueno, que mucha suerte a las que ya os estais examinando y que si se puede colaborar en algo ya ire viendo, un saludo, ana
Tengo 41 preguntas solo metidas en una pagina web
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sobre el nuevo estatuto de autonomia, a medida que vaya teniendo tiempo y si os interesa metere mas, a mi realizar test on line siempre me ha servido para aprender mas deprisa
Felicidades a las que participais en el foro, yo todavía no he acabado de estudiar pero preveo hacer tambien oposiciones, ahora estoy con las de ordenanza tambien para castilla y leon.
Por cierto, en un supuesto practico que habéis puesto en el foro pone como respuesta correcta de esterilizacion en frio el autoclave, yo en mi ignorancia juraria que no ¿o si?
bueno, que mucha suerte a las que ya os estais examinando y que si se puede colaborar en algo ya ire viendo, un saludo, ana
lamaga- novato
- Cantidad de envíos : 1
Fecha de inscripción : 30/05/2008
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